Cumplimiento normativo · Ley 19.913

La prevención de lavado de activos empieza por saber quién es realmente tu contraparte

La Ley 19.913 obliga a ciertos sectores a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero, y exige identificar señales como la condición de Persona Expuesta Políticamente. Aunque tu empresa no sea sujeto obligado, adoptar el mismo estándar reduce tu exposición a operar con contrapartes de alto riesgo. Check Auditor centraliza esa detección.

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Empresa evaluada

Inversiones Ejemplo Ltda.

RUT 77.201.554-K · Actualizado hoy

Clasificación de riesgoAlto · revisar antes de decidir
62Score
Hallazgos críticos1Requieren revisión
Hallazgos altos2Seguimiento
Fuentes consultadas4Consolidadas
Monitoreo3Cambios detectados

Hallazgos priorizados

HallazgoAgenteFechaPrioridad
Un beneficiario final ejerció un cargo público relevante hasta 2025.PEP03/2025Alta
Beneficiario final identificado a través de dos niveles societarios.UBO09/2026Media
Una publicación menciona al controlador en una investigación en curso.Medios adversos06/2026Media
ClasificaciónCRiesgo alto
MonitoreoCambio en la condición PEP
Coincidencia PEPBeneficiario final
El problema

No siempre se ve quién está detrás de una operación

La Ley 19.913 creó la Unidad de Análisis Financiero (UAF) para prevenir que el sistema financiero y ciertos sectores de la economía sean usados para dar apariencia de legitimidad a fondos de origen ilícito. Para los sujetos obligados, esto implica reportar operaciones sospechosas y aplicar debida diligencia sobre sus clientes. Pero incluso empresas que no son sujetos obligados formales enfrentan el mismo problema de fondo: aceptar como cliente, proveedor o socio a alguien cuya identidad real, vínculos políticos o presencia en listas de sanciones no se conocen a tiempo.

  1. 01Un sujeto obligado (por ejemplo, una entidad financiera o un agente inmobiliario) recibe una operación inusual de un cliente y no cuenta con un proceso claro para evaluarla y, si corresponde, generar un Reporte de Operaciones Sospechosas.
  2. 02Una empresa acepta como cliente a una sociedad cuyo controlador final es una Persona Expuesta Políticamente, sin haberlo identificado en el proceso de onboarding.
  3. 03Un proveedor extranjero figura en una lista de sanciones internacionales (por ejemplo, vinculada a financiamiento del terrorismo) y la empresa solo lo descubre después de haber operado con él.
  4. 04Una empresa no financiera, sin ser sujeto obligado, decide igualmente adoptar estándares de debida diligencia porque opera con clientes de alto patrimonio o en sectores sensibles.
Qué establece la normativa

La norma, en lo que te afecta a ti

La Ley 19.913 (2003) crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF), organismo encargado de prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica para la comisión de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

ObjetivoDetectar operaciones sospechosas mediante el trabajo de los llamados "sujetos obligados", que deben reportarlas a la UAF para su análisis y, si corresponde, derivación al Ministerio Público.
AlcanceLa ley y su normativa complementaria han ido ampliando el listado de sujetos obligados con el tiempo — inicialmente concentrado en el sector financiero, hoy incluye también a otros actores del sector público y privado, incorporados progresivamente (por ejemplo, proveedores de servicios de activos virtuales y otros rubros definidos por la normativa vigente de la UAF).
Sujetos relevantesLos sujetos obligados como reportantes, sus oficiales de cumplimiento, y la UAF como receptor y analista de los reportes.
Principal obligación — el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS)Los sujetos obligados deben reportar a la UAF, sin necesidad de un monto mínimo ni periodicidad fija, cualquier operación que por sus características resulte inusual o carezca de justificación económica o jurídica aparente. El ROS es información de inteligencia, no una denuncia penal, y su tramitación es estrictamente confidencial.
Debida diligencia de clientes y PEPLa normativa de la UAF exige a los sujetos obligados conocer a sus clientes e identificar si son Personas Expuestas Políticamente (PEP) — quienes, por su cargo público actual o reciente, tienen mayor exposición a recibir o facilitar sobornos — aplicando en ese caso una debida diligencia reforzada.
Consecuencias relevantesNo reportar oportunamente una operación sospechosa constituye una infracción grave para el sujeto obligado, con sanciones que pueden llegar a montos significativos en UF.
Relación con proveedores, clientes o tercerosMás allá de los sujetos formalmente obligados, el estándar de identificar PEP, listas de sanciones y beneficiario final se ha vuelto una práctica de gestión de riesgo relevante para cualquier empresa que opera con contrapartes de alto valor, alta rotación o alcance internacional.
Qué deberías revisar

Antes de aceptar a un cliente, proveedor o contraparte relevante, revisa

01

Condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP)

Si la persona natural, o quienes controlan a la sociedad, ejercen o ejercieron recientemente un cargo público relevante.

02

Listas de sanciones internacionales

Coincidencias con listas como las del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas u otras listas restrictivas reconocidas internacionalmente.

03

Beneficiario final

Quién es la persona natural que controla realmente a la sociedad, más allá de los apoderados o representantes visibles.

04

Medios adversos

Menciones en prensa que puedan constituir señales de alerta sobre el origen de los fondos o la reputación de la contraparte.

Cómo ayuda Check Auditor

Las señales que reunimos para esta decisión

Empresa evaluadaInversiones Ejemplo Ltda.
RUT 77.201.554-K
Evaluación completada
  • Registro PEP
  • Listas restrictivas
  • Beneficiario final
  • Medios adversos
AgenteDetalleFechaImpacto · prob.Riesgo
PEP

Un beneficiario final ejerció un cargo público relevante hasta 2025.Persona expuesta políticamente

Muy alto ProbableCrítico
UBO

Beneficiario final identificado a través de dos niveles societarios.Beneficiario final

Alto Casi seguroAlto
Medios adversos

Una publicación menciona al controlador en una investigación en curso.Medios adversos

Alto PosibleAlto
Listas

Sin coincidencias en listas restrictivas internacionales.Listas restrictivas

Bajo ImprobableBajo

Detección de PEP

Identifica si una persona o quienes controlan a una sociedad son Personas Expuestas Políticamente.

Por qué importa Es el punto de partida para decidir si corresponde aplicar debida diligencia reforzada sobre esa relación.

Listas restrictivas

Verifica coincidencias con listas de sanciones internacionales.

Por qué importa Una coincidencia no revisada a tiempo puede significar operar con una contraparte sujeta a restricciones relevantes.

Beneficiario final

Muestra la estructura de control detrás de una sociedad.

Por qué importa Sin esta visibilidad, una empresa puede estar evaluando al apoderado visible mientras el verdadero controlador queda fuera del análisis.

Medios adversos y evidencia documentada

Reúne menciones relevantes en fuentes públicas y deja registro de cada evaluación realizada.

Por qué importa Aporta el respaldo documental que un sujeto obligado —o cualquier empresa que quiera adoptar el mismo estándar— necesita mostrar sobre su proceso de debida diligencia.

Flujo de evaluación

Del RUT a la evidencia documentada

  1. 01

    Identifica al cliente, proveedor o contraparte

    Al inicio de la relación (onboarding).

  2. 02

    Consulta PEP, listas restrictivas y beneficiario final

    De forma centralizada.

  3. 03

    Analiza señales relevantes

    Determina si corresponde debida diligencia estándar o reforzada.

  4. 04

    Documenta y monitorea

    Conserva la evaluación como evidencia y actívala para revisión periódica, especialmente si la contraparte cambia de cargo o de estructura societaria.

Casos de uso

Dónde entra esta evaluación en tu operación

Onboarding de un nuevo cliente de alto valor

Se verifica su condición de PEP y su presencia en listas restrictivas antes de aceptar la relación.

Proveedor extranjero o con operaciones internacionales

Se revisan listas de sanciones internacionales antes de formalizar el vínculo comercial.

Sujeto obligado ante la UAF que necesita sistematizar su debida diligencia

Se centraliza la detección de PEP y listas restrictivas como parte de su proceso de cumplimiento normativo.

Empresa no obligada que opera con clientes o socios de alto patrimonio

Adopta el mismo estándar de debida diligencia de forma preventiva, sin ser sujeto obligado formal.

Renovación de una relación comercial de largo plazo

Se revisa si la contraparte cambió su condición de PEP o apareció en nuevas listas desde la última evaluación.

Monitoreo

Una evaluación puntual envejece

La condición de PEP no es permanente ni estática: una persona puede asumir un cargo público después de haberse iniciado la relación comercial, o dejar de serlo con el tiempo (aunque la normativa mantiene criterios de vigencia posterior al cargo). Las listas de sanciones también se actualizan constantemente. Evaluar una sola vez, al inicio, no captura estos cambios; el monitoreo periódico es la forma de mantener vigente la debida diligencia durante toda la relación.

Monitoreo activoInversiones Ejemplo Ltda.
  1. Cambio en la condición PEPUn socio asumió un cargo público relevante.
    Nuevo
  2. Listas restrictivas actualizadasSin nuevas coincidencias para la contraparte.
  3. Evaluación inicialQueda registrada como base para el monitoreo.
Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

¿Qué es la Ley 19.913?

Es la ley que crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) en Chile, para prevenir el uso del sistema financiero y otros sectores en el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

¿Qué es un sujeto obligado?

Es una entidad o profesión que la ley y la normativa de la UAF obligan a reportar operaciones sospechosas y aplicar debida diligencia sobre sus clientes.

¿Qué es el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS)?

Es el reporte que un sujeto obligado debe enviar a la UAF cuando detecta una operación inusual o sin justificación económica aparente, sin que exista un monto mínimo para reportar.

¿Qué es una Persona Expuesta Políticamente (PEP)?

Es una persona que ejerce o ejerció recientemente un cargo público relevante, lo que la expone a un mayor riesgo de recibir o facilitar sobornos, y que por tanto requiere debida diligencia reforzada.

¿Mi empresa debe cumplir la Ley 19.913 si no es un banco?

Depende de si califica como sujeto obligado según la ley y la normativa de la UAF; el listado se ha ampliado con el tiempo a distintos sectores. Empresas que no son sujetos obligados igualmente pueden adoptar estos estándares de forma preventiva.

¿Qué antecedentes se deberían revisar antes de aceptar un cliente o proveedor?

Condición de PEP, presencia en listas de sanciones internacionales, beneficiario final y medios adversos relevantes.

¿Un ROS es una denuncia penal?

No. Es información de inteligencia financiera que la UAF analiza y, si corresponde, deriva al Ministerio Público.

¿Check Auditor presenta el Reporte de Operaciones Sospechosas por mí?

No. Check Auditor aporta antecedentes (PEP, listas restrictivas, beneficiario final, medios adversos) para tu proceso de debida diligencia; la decisión de reportar una operación sospechosa a la UAF corresponde al oficial de cumplimiento del sujeto obligado.

Saber quién controla realmente a tu contraparte —y si es una Persona Expuesta Políticamente— es la base de cualquier proceso serio de prevención de lavado de activos. Conoce cómo la plataforma de Check Auditor centraliza esa detección.

Check Auditor entrega información, evidencia y monitoreo para tus procesos de debida diligencia. No emite certificaciones legales ni sustituye el criterio legal o de compliance de tu empresa.
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